
¿Quién paga la desokupación: el propietario, el seguro o el banco?
Quién asume el coste se decide antes de empezar, no cuando llega la factura.
En la práctica lo paga casi siempre el propietario del inmueble, porque es quien encarga el servicio y quien tiene interés directo en recuperar la vivienda. Algunas pólizas de hogar con cobertura de ocupación ilegal o de impago de alquiler asumen parte de los gastos de asistencia y del procedimiento, pero hay que leer las condiciones y avisar a la aseguradora antes de contratar nada. La comunidad de propietarios no paga la desokupación de un piso privado, y en las viviendas de banco o de fondo el coste lo asume el titular, salvo pacto expreso en la compraventa.
El propietario: la respuesta habitual
Quien contrata, paga. En la inmensa mayoría de los casos es el propietario, porque es quien acredita la titularidad, quien firma el encargo y quien recibe las llaves al final. Con nosotros ese coste es conocido de antemano: 3.025 € IVA incluido (2.500 € + IVA), cerrado, en dos pagos, con el segundo vinculado a la entrega de la vivienda. Está detallado en la página de precio.
Cuando la vivienda pertenece a varios herederos o copropietarios, el encargo lo puede firmar uno de ellos con el consentimiento del resto, y el reparto interno del gasto es cosa suya.
El seguro: cuándo cubre y cuándo no
Hay tres productos que aparecen a menudo:
- Seguro de hogar con cobertura de ocupación ilegal. Suele incluir asistencia y gastos del procedimiento, a veces con un límite económico y con la exigencia de usar los servicios que designe la compañía.
- Seguro de impago de alquiler. Cubre rentas impagadas y los gastos del desahucio del inquilino, no la ocupación por terceros. Es el producto que corresponde a un caso de inquilino que deja de pagar.
- Coberturas de defensa jurídica. Pagan la vía judicial, no la mediación.
Dos avisos prácticos: casi ninguna póliza cubre una ocupación anterior a su contratación, y casi todas exigen comunicar el siniestro antes de contratar servicios por su cuenta.
Precio cerrado 3.025 € IVA incluido (2.500 € + IVA)
1.815 € al contratar y 1.210 € al entregar la vivienda. Desplazamiento incluido. Valoramos su caso sin coste y le decimos si conviene contratarnos.
La comunidad de propietarios
La comunidad no paga la recuperación de un piso privado. Lo que sí puede hacer es actuar contra las actividades molestas, insalubres o peligrosas que afecten a las zonas comunes, y reclamar las cuotas impagadas al titular, que sigue siendo el propietario aunque no pueda entrar en su vivienda.
Si la ocupación afecta a un elemento común (un trastero, un local de la comunidad, la azotea), entonces sí es la comunidad quien encarga y paga la actuación.
Bancos, fondos y compra de vivienda ocupada
Cuando el titular es una entidad o un fondo, el coste lo asume el titular. Y cuando alguien compra una vivienda ya ocupada —una operación cada vez más frecuente por el descuento del precio— quién paga la recuperación es una cláusula del contrato: hay ventas en las que el vendedor se compromete a entregarla libre y otras, la mayoría, en las que el comprador asume el problema a cambio del descuento.
En ese segundo caso, lo sensato es encargar antes un informe de viabilidad de la recuperación y meter su coste en el cálculo de la operación. Lo explicamos en compra de piso ocupado.
Si prefiere resolverlo por acuerdo, consulte el precio cerrado de la desokupación (3.025 € IVA incluido, 2.500 € + IVA) y las zonas donde actuamos: desokupación en L'Hospitalet de Llobregat, desokupación en Mataró y el resto de la corona de 100 km.
| Situación | Quién paga habitualmente | Matiz |
|---|---|---|
| Vivienda propia ocupada | El propietario | Salvo cobertura de la póliza de hogar |
| Inquilino que no paga | El propietario o su seguro de impago | Hay que avisar a la aseguradora |
| Elemento común ocupado | La comunidad | Lo acuerda la junta |
| Vivienda de banco o fondo | El titular | Salvo pacto en la venta |
| Compra de piso ocupado | Lo que diga el contrato | Conviene informe de viabilidad previo |
¿Se le puede reclamar el gasto al ocupante?
Jurídicamente sí, por vía civil, junto con los daños y las rentas o la indemnización por el uso del inmueble. En la práctica el resultado depende de la solvencia del ocupante, que en la mayoría de los casos es nula, así que conviene no contar con ese dinero al hacer números.
Lo que sí ayuda es documentar todo: informes de cada visita, fotografías del estado del inmueble antes y después y el acuerdo de salida firmado. Esa documentación es la que sostiene cualquier reclamación posterior.
Preguntas frecuentes
¿El seguro de hogar cubre la desokupación?
Algunas pólizas incluyen cobertura de ocupación ilegal con asistencia y gastos del procedimiento, casi siempre con límite y con la obligación de avisar antes de contratar servicios por su cuenta. Revise las condiciones y llame a su compañía.
¿Paga la comunidad de propietarios?
No, si se trata de un piso privado. Sí cuando lo ocupado es un elemento común, como un trastero o un local de la comunidad.
¿Puedo reclamar después el dinero al ocupante?
Puede reclamarlo por vía civil junto con los daños y el uso del inmueble, pero el cobro depende de que el ocupante tenga bienes o ingresos, y a menudo no los tiene.
Si compro una vivienda ocupada, ¿quién paga la recuperación?
Lo que se pacte en el contrato de compraventa. Si no se pacta nada, la asume el comprador como nuevo titular, por eso conviene un informe de viabilidad antes de firmar.
¿Cuánto tengo que poner yo si nadie más lo cubre?
Con nosotros, 3.025 € IVA incluido (2.500 € + IVA), en dos pagos: 1.815 € al contratar y 1.210 € el día que recibe la vivienda y las llaves.
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Precio cerrado 3.025 € IVA incluido (2.500 € + IVA)
1.815 € al contratar y 1.210 € al entregar la vivienda. Desplazamiento incluido. Valoramos su caso sin coste y le decimos si conviene contratarnos.



